Micelio
Auto21 de agosto de 2024

A- de 2024

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Arboleda Zambrano Mercedes

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por Entidad Pública Contra Acto Administrativo Mediante El Cual Concedió Prestación Pensional
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 17 Administrativo de Bogotá —Sección Segunda— y el Juzgado 38 Laboral de Circuito de Bogotá.

Es causa de controversia, demanda de nulidad y restablecimiento de derecho presentada por la Administradora Colombiana de Pensiones, con el fin de obtener la declaratoria de nulidad parcial de la Resolución que reconoció la pensión de sobreviviente a una ciudadana, y el reintegro de las sumas de dinero pagadas con fundamento en ella, por considerar que dicho reconocimiento obedeció a un presunto fraude.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que el caso se ajusta a lo previsto en Auto 316 de 2021 y resuelve en reiteración de la regla de decisión allí contenida, según la cual, cuando la administración demanda un acto de su propia autoría, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, el estudio del asunto será competencia de la jurisdicción contencioso administrativa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011.

En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado 17 Administrativo de Bogotá —Sección Segunda—, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 38 Laboral de Circuito de Bogotá.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 17 Administrativo de Bogotá -Sección Segunda- y el Juzgado 38 Laboral de Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 17 Administrativo de Bogotá, es la autoridad competente para conocer la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Colpensiones en contra de la Resolución SUB230157 del 18 de octubre de 2017.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-5740 al Juzgado 17 Administrativo de Bogotá -Sección Segunda-, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 38 Laboral de Circuito de Bogotá.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.